Skip to main content

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de la República de Panamá publicó el Decreto Ejecutivo No. 6 de 13 de abril de 2023, publicado en la Gaceta Oficial No. 29760-C de la misma fecha. (en adelante, el “Decreto Ejecutivo”). Este Decreto deroga el Decreto Ejecutivo No. 4 de 2 de marzo de 2023 y, además, establece nuevas disposiciones sobre los permisos de trabajo en Panamá para personas extranjeras.

Principales cambios en los permisos de trabajo para extranjeros

En síntesis, los aspectos más relevantes del Decreto Ejecutivo sobre Permisos de trabajo en Panamá son los siguientes:

  • Se establece de forma taxativa en la ley los permisos que afectan el cálculo de porcentajes de planilla para contratación de personal extranjero.
  • Se establece un permiso de trabajo para los Inversionistas Calificados.
  • Se crea la categoría de permiso de trabajo para los extranjeros con Solvencia Económica Propia como alternativa a la eliminación de los permisos de trabajo bajo la categoría de residentes permanentes.
  • Se dispone que los extranjeros que cuenten con permiso de trabajo indefinido bajo la categoría de nacional de Países Específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas de inversión con la República de Panamá (Países Amigos).
  • Se elimina el requerimiento de permisos de trabajo a los trabajadores extranjeros que mantengan un permiso de residencia bajo la calidad personal permanente de una Sede de Empresa Multinacional (SEM).
  • Se regula el permiso de trabajo para trabajador contratado como personal de confianza de un empleador, cuyas transacciones se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos en el exterior, cuya contratación no afectará los porcentajes establecidos en el artículo 17 del Código de Trabajo.
  • Se establece que los dependientes de personal extranjero que mantenga residencia bajo el régimen SEM o EMMA podrán optar por cualquier permiso de trabajo contemplado en la normativa interna.
  • El Decreto Ejecutivo contempla la obligación legal de notificar al Ministerio de Trabajo mediante nota simple o memorial cuando un extranjero entre al país como agente viajero de casas comerciales, administradores o auditores internacionales a nivel directivo, por un máximo de 15 días calendario.

Vigencia y aplicación

El Decreto Ejecutivo comenzará a regir desde el 13 de mayo de 2023, pero las disposiciones del Decreto Ejecutivo No. 4 de 2 de marzo de 2023 se mantienen suspendidas y sin aplicación en virtud de resoluciones del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de Panamá en este sentido. Al día de hoy, y hasta la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo, seguirán siendo aplicadas las normas que se encontraban vigentes para Permisos de trabajo en Panamá antes de la promulgación del Decreto Ejecutivo No. 4 de marzo de 2023.