Escrito por: Licda. Jeannette Bravo, Socia – Derecho Laboral y Administrativo
La reforma a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social, establecida por la Ley 462 del 18 de marzo de 2025, introduce cambios significativos para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones ante los problemas de insolvencia que enfrenta la Caja de Seguro Social. Esta ley fue aprobada y publicada en la Gaceta Oficial.
La Caja de Seguro Social es una entidad pública, autónoma y no privatizable. Por lo tanto, la reforma a la Ley Orgánica no incluye un aumento de la edad de jubilación actual. Respecto a este punto, la reforma establece que, en un plazo de seis años, se deberá realizar una evaluación actuarial de la pensión de jubilación por vejez y, de ser necesario, se deberá presentar un proyecto de ley ante la Asamblea Nacional para elevar la edad de jubilación (en un máximo de tres años).
Impacto en el sector empresarial: la reforma a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social
En cuanto al impacto en el sector empresarial, el cambio más significativo es que la cuota patronal del impuesto sobre la nómina aumenta un 3 %. Este incremento se aplicará de forma gradual de la siguiente manera:
A) Desde la entrada en vigor de esta ley hasta el 28 de febrero de 2027, equivaldrá al 13,25 % de los salarios pagados a los empleados.
B) Desde el 1 de marzo de 2027 hasta el 28 de febrero de 2029, equivaldrá al 14,25 % de los salarios pagados a los empleados.
C) A partir del 1 de marzo de 2029, equivaldrá al 15,25 % de los salarios pagados a los empleados.
Auditoría e inspección
Un factor importante es que se amplía la facultad de auditoría e inspección de la CSS de lugares de trabajo y la recaudación de la información, ampliando la facultad de examinar la información de bases de datos administrativas, financieras y/o contables de terceros, a través de comunicación formal debidamente motivada.
Un factor importante es que se amplían las facultades de auditoría e inspección de la Caja de Seguro Social (CSS), especialmente en lo que respecta a las auditorías en los centros de trabajo y la recopilación de información. Se amplía la autoridad para examinar la información en bases de datos administrativas, financieras o contables de terceros mediante comunicación formal debidamente motivada.
Asimismo, esta autoridad viene acompañada de cambios en las sanciones por incumplimiento que, dependiendo de la naturaleza de la infracción, pueden ascender a 50.000 US$.
En el núcleo de la reforma, se modifica el sistema de pensiones y se crea el Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria. Este consistirá en una pensión mínima no contributiva para quienes no hayan podido realizar aportaciones suficientes y un componente de capitalización solidaria contributiva, que es una pensión de garantía solidaria basada en las aportaciones acumuladas en las cuentas individuales del afiliado. Como resultado, quienes coticen bajo este sistema podrán alcanzar una tasa de reemplazo mínima del 60 % del salario base promedio de la pensión de jubilación por vejez, de acuerdo con los criterios establecidos en la ley.
Para más detalles sobre la reforma, consulte la publicación oficial en la Gaceta Oficial aquí.
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